El Contract Management ha evolucionado mucho en los últimos años y ha demostrado una gran efectividad a la hora de prevenir esas diferencias entre las partes. Desde la oferta y la planificación, pasando por una adecuada gestión del contrato durante todo su ciclo de vida, hay conceptos y herramientas de gestión que nos pueden ayudar mucho a reducir los riesgos de los proyectos, y a darnos mayor control y capacidad de respuesta ante reclamaciones.
Las consecuencias del COVID-19 supusieron un incremento en el número de disputas, reclamaciones y/o arbitrajes en los proyectos, en su cuantía y en su complejidad ¿Solución?
Un ejemplo práctico de gestión de contratos: el Delay y el Disruption en las planificaciones de proyectos.
Desde un punto de vista contractual, en los procesos de disputas, reclamaciones y/o arbitrajes se manejan los conceptos de «Delay» y «Disruption».
El «Delay» es un evento que origina un retraso. Este retraso puede ser causado por en contratante, el contratista o por alguien externo.
El «Disruption» es algo que interfiere en la marcha de los trabajos y que puede suponer pérdida de rendimientos, cambios en la forma de ejecutar los trabajos, etc…
En un proyecto puede que existan Delays, que existan Disruptions y puede que haya eventos que ocasionen ambos. En el caso que nos ocupa, la crisis que provocó el COVID-19, ¿Cómo tratamos de una forma contractual este evento?
Supongamos que estamos ejecutando una construcción de una planta industrial bajo contrato EPC (Engineer and Procurement Contractor) y que se está en fase de construcción, la ingeniería ya está finalizada, las compras entorno a un 80% y la construcción ya está iniciada y se considera que está entorno al 10% aproximadamente.
En estas circunstancias supongamos que el contrato tiene una duración de aproximadamente 24 meses y que ya teniamos un retraso consolidado de 1 mes por causas ajenas al COVID-19 y que eran achacables al contratista. Al ser achacables al contratista no hay derecho a una extensión de plazo (EoT). Dado lo anterior, resulta que sucede el COVID-19, anterior a que la OMS lo catalogase como Pandemia, legalmente no se puede considerar causa de fuerza mayor, pero este hecho ya estaba causando retrasos y replanifaciones por las suministros desde China. Esos ajustes en las replanificaciones serían «Disruptions» que habría que reflejar en los cronogramas.
Si la obra se paraliza completa y ya estaba catalogado como Pandemia, entonces es un «delay» con una causa clara, pero ¿y si la obra sigue pero con menos personal?, entonces sería un «disruption».
Vamos a ver de forma gráfica como tratar esto a nivel de cronograma:
1.-Cronograma inicial con su línea base
En este caso, habría que extender la línea base 50 días, ya que los otros 25 días son culpa del contratista.
A nivel de cronograma para evitar posibles discusiones en las reclamaciones habría que dejar bien documentado los Delays y los Disruptions, para ello habría que:
- Introducir como actividades los Delays para dejar evidencia y registro y replanificar el proyecto. Es conveniente no extender las actividades originales (linea base) con el delay, ya que daría lugar a interpretación
- Dejar evidencia de los Disruptions, esto a nivel de cronograma es algo más complejo de tratar, ya que habría que indicar la causa del disruption y cómo está a afectando a la productividad de las actividades. Es conveniente hacerlo con el mayor detalle posible descomponiendo en actividades más pequeñas y dejando evidencia de los recursos que se utilizan, de forma que se pueda ver la variación entre cómo estaba planificado en la línea base y cómo hubo que replanificarlo
Como en los proyectos se pueden dar tanto Delays como Disruptions hay que ser muy riguroso con el tratamiento de los mismos para tener argumentos en la negociación del Extension of Time y de las posibles compensaciones, tanto si se está negociando en caliente como si es en una reclamación con un análisis forense.
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