En España, la formación de los trabajadores no es solo una herramienta de desarrollo, sino una obligación legal en muchos sectores de actividad. Cumplir con estas exigencias no solo evita sanciones, sino que garantiza entornos de trabajo más seguros, eficientes y competitivos.
En Instituto Tecnológico del Cantábrico (ITC) ayudamos a las empresas a identificar qué formación es obligatoria en función de su sector y plantilla, y a diseñar el plan de formacion que cumpla la normativa vigente y se gestionen de forma bonificada a través de FUNDAE.
Formación común a todos los sectores
Antes de entrar en detalle, recordemos que todas las empresas, independientemente del sector, deben garantizar al menos:
- Prevención de Riesgos Laborales (PRL) – Ley 31/1995.
- Protección de datos personales – RGPD y LOPDGDD.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo – LO 10/2022.
- Igualdad de género y planes de igualdad – RD 901/2020 y LO 3/2007 (para empresas ≥ 50 empleados).
La normativa española refuerza la obligación en formar a los trabajadores de las empresas. No importa si eres una microempresa, una pyme o una gran organización: toda compañía debe garantizar formación en materias clave para cumplir la ley, proteger a sus equipos y evitar sanciones.
Empresas con 50 o más empleados
- Plan de Igualdad y formación en igualdad de género (RD 901/2020, LO 3/2007).
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo (LO 10/2022).
- Diversidad y derechos LGTBIQ+ (Ley 4/2023, RD 1026/2024).
- Canal interno de denuncias (Ley 2/2023).
Todas las empresas (cualquier tamaño)
- Prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995).
- Protección de datos personales (RGPD, LOPDGDD).
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo (LO 10/2022).
Formación obligatoria por sectores
Sector / Actividad | Formación obligatoria | Normativa base / fundamento |
Alimentación / Hostelería | Higiene alimentaria, manipulación de alimentos, control de alérgenos, buenas prácticas de higiene | Reglamento (CE) 852/2004; RD 109/2010; AESAN |
Transporte / Logística | PRL específica, manipulación de cargas, seguridad vial; ADR (mercancías peligrosas); CAP (conductores profesionales) | Ley 31/1995 PRL; RD 97/2014; RD-ley 3/2022 |
Sector Sanitario / Clínico | Riesgos biológicos, control de infecciones, gestión de residuos sanitarios, protección de datos de salud | Ley 31/1995 PRL; normativa sanitaria autonómica; RGPD; LOPDGDD |
Finanzas / Seguros | Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, cumplimiento normativo | Ley 10/2010; normativa CNMV / DGSFP |
TIC / Tecnología | Ciberseguridad, protección de datos, buenas prácticas digitales | RGPD; LOPDGDD; Directiva NIS / normativa UE de ciberseguridad |
Construcción / Obra | PRL específica: trabajos en altura, maquinaria pesada, señalización, EPIs | Ley 31/1995 PRL; RD 314/2006 |
Educación / Social (con menores) | Protección a la infancia, prevención y detección de abusos, protocolos LOPIVI | LO 8/2021 (LOPIVI); normativa autonómica |
Sector Metal | Formación PRL específica según convenio: 6h (directivos y oficinas), 20h (producción y oficios), 50h (nivel básico); reciclaje 4h cada 3-4 años; formación adicional por oficio o maquinaria; acreditación TPM (Tarjeta Profesional del Metal) | Ley 31/1995 PRL; IV Convenio Colectivo Estatal del Metal; normativa TPM |
Cada sector tiene sus propias exigencias formativas además de las comunes. Esto supone un reto para las empresas, pero también una oportunidad para reforzar su compromiso con la seguridad, la igualdad y la calidad del servicio.
En ITC diseñamos planes de formación, adaptados a cada normativa, con garantía de trazabilidad y posibilidad de bonificación a través de FUNDAE.
¿Tu empresa necesita asegurar el cumplimiento formativo en 2026?
Contáctanos y te ayudamos a implantar un plan de formacion eficaz y alineado con la ley.